martes, 9 de noviembre de 2010

Sobre las Obras, la Fe y el Mérito Primera Parte

A continuación, exponemos la doctrina verdadera acerca de la relación entre las obras y el mérito en la explicación bellísima del Cardenal Cayetano, 1532, primera parte.

Sobre las Obras
Postura de los luteranos sobre las obras
Positio Lutheranorum de operibus

Enseñan los luteranos que nuestras obras no merecen ni la gracia ni la vida eterna, ni satisfacen tampoco por los pecados, porque Cristo nos mereció muy suficientemente la gracia de la remisión de los pecados y de la vida eterna y satisfizo muy suficientemente por todos. Por eso, no es lícito decir que nuestras obras merecen la gracia (o remisión de los pecados), ni la vida eterna, ni que satisfacen por nuestros pecados. Decir eso sería hacer un agravio a Cristo, pues es una blasfemia atribuirnos a nosotros mismos lo que es propio de Cristo, y sería quitarle valor al mérito satisfactorio de Cristo, ya que si le hiciesen falta nuestros méritos y satisfacciones, sería insuficiente. Apoyan esta afirmación con muchos textos de la Sagrada Escritura. En primer lugar, prueban que nuestras obras no merecen la remisión de los pecados con lo que dice San Pablo a los Romanos y a los Gálatas, de que no somos justificados por las obras sino por la fe, según lo que dice Abaduc 2, 4: el justo vivirá de la fe.
Y luego con lo que le escribe a Tito [3, 5]: nos salvó no por las obras de justicia que hicimos, sino según su misericordia, y con lo que les escribe a los Efesios 2, 8:con la gracia habéis sido salvados por la fe, y eso no por vosotros sino que es un don de Dios, y no por las obras, para que nadie se enorgullezca.
Que no merecemos la salvación por las obras sino por un don de Dios, se apoya en lo escrito a los Romanos 6, 23: la paga del pecado es la muerte y la vida eterna es un don de Dios.
Y para lo mismo y para probar igualmente que las obras, por muy justos que seamos, no satisfacen por los pecados, se añade aquello de San Lucas 17, 10: cuando hayáis hecho todo lo que os está mandado, decid siervos inútiles solitos, "hicimos lo que teníamos que hacer".
Si los que hacen todo lo que Cristo les manda son siervos inútiles, no merecen entonces recompensa; y por lo tanto, mucho más inútiles serán para satisfacer los que no han guardado todos los demás mandamientos sino que necesitan satisfacción por sus pecados.

En cuanto a los textos con los que se manifiesta la suficiencia del mérito de satisfacción de Cristo para nosotros, podemos omitirlos porque en esto no hay discusión.
Por consiguiente: los luteranos enseñan que hay que practicar las buenas obras porque han sido mandadas por Dios y porque son frutos de la fe que justifica, no porque merezcan para la vida eterna ni porque sean satisfactorias por los pecados.

Qué se entiende por ‘mérito’ y de qué modo se entiende en el tema que tratamos
Quid et quomodo intelligatur meritum in proposito

Antes de declarar si nuestras obras son o no meritorias, hay que explicar brevemente qué significa el «mérito» y cómo entienden los teólogos que se dé en nuestras obras según el tema que tratamos. Se llama mérito a la obra voluntaria, tanto interna como externa, a la que en justicia se le debe una retribución o premio, según dice el Apóstol a los Rom. 4, 4: al que obra, la retribución no se le imputa como un favor sino como algo que se le debe.

El mérito supone entonces cuatro cosas, a saber: la persona que merece; la obra voluntaria, que es el mismo mérito; la retribución debida al mérito; y la persona que da la retribución, pues en vano merecería alguien si no mereciese de alguna persona la retribución que se le debe dar. Y corno aquí se trata de nuestro mérito ante Dios, hay que explicar como es que los hombres merecen de parte de Dios una retribución por su obra.

Parece difícil que en justicia Dios le deba una retribución a nuestra obra, porque entre nosotros y Dios no hay relación de justicia en sentido simple y absoluto, según aquello: No entres en juicio con tu siervo, Señor [Sal. 142, 2], sino que la relación de justicia se da sólo en cierto modo, mucho menor que la que hay del hijo hacia su padre o de un esclavo hacia su dueño, puesto que nosotros somos más pequeños en relación a Dios que un esclavo humano en relación a su dueño humano, o que el hijo en relación al padre que lo engendró según la carne. Por eso, si es cierto, como se dice en el libro 5 de la Etica, que entre el esclavo y su dueño, y el padre y su hijo, no hay una relación de justicia sencilla y absolutamente sino sólo en cierto modo, mucho menos la habrá entre nosotros y Dios.

Como todo lo qué es del esclavo es de su dueño y el hijo no puede devolverle lo equivalente a su padre, se niega que entre el dueño y su esclavo, y el padre y su hijo, haya relación de justicia sencilla y absolutamente. Con mucho más motivo, todo lo que es del hombre es de Dios, y mucho menos puede el hombre darle a Dios lo equivalente.
Por consiguiente, el hombre no puede merecer algo de parte de Dios de modo que se le deba en justicia, a no ser que se le deba con una justicia tan atenuada que sea muchísimo menor que la relación de justicia del dueño a su esclavo y del hijo a su padre.
Con todo, esta relación de justicia tan atenuada ni siquiera se halla entre el hombre y Dios de modo absoluto -porque hablando absolutamente, toda obra voluntaria buena del hombre se le debe a Dios, y cuantas más y mejores obras, internas o externas, posee el hombre, más se las debe a Dios, puesto que el mismo Dios es quien obra en nosotros el querer y el llevarlo a cabo [Fil. 2, 13] y todas nuestras obras-.

Sino que, este deber de justicia atenuado entre el hombre y Dios existe por la ordenación Divina con la que Dios ha ordenado que nuestras obras sean meritorias de parte de El. Esto se prueba, porque cuando el hombre merece algo dé parte de Dios, Dios no se hace ni es deudor del hombre, sino de Sí mismo; si por el contrario, este deber de justicia atenuado existiese entre el hombre y Dios de modo absoluto, Dios le debería al hombre la retribución que mereció; mas está claro que Dios a nadie le debe, como dice San Pablo a los Rom. II, 35: ¿quién le dio a El primero para que se le retribuya?

De modo que Dios se debe sólo a Sí mismo el cumplir su voluntad con la que le confiere a la obra humana que sea meritoria, dándole al hombre la retribución de su obra.
Esto es algo cierto y fuera de duda, hablando de modo simple y absoluto; pero por otra parte se da por supuesto el acuerdo hecho entre Dios y el hombre sobre una cosa, pues así como entre los hombres si un dueño cierra un trato con su esclavo de ahí nace un deber de justicia entre ambos, así si Dios se digna hacer un pacto con el hombre de ahí nace una obligación entre ambos sobre lo que quedó pactado. A menudo leemos en el Antiguo Testamento que Dios se dignó hacer pactos con los hombres.

En Génesis 9, 11 está escrito el pacto de Dios de que ya no habrá más un diluvio universal. En Génesis 15, 18 Dios hizo un pacto con Abraham sobre la tierra de Canaán que le iba a dar a su descendencia. En Génesis 17, 4 se cuenta el pacto de la circuncisión y en Éxodo 24, 8 Moisés dice: Esta es la sangre del pacto, etc. También en Jeremías 31, 31-33 Dios habla claramente del pacto de la nueva y antigua ley.
En el nuevo Testamento, nuestro Salvador muestra a Dios en la figura de un padre de familia que lleva a los obreros a la viña y que conviene con ellos sobre la paga diaria, como queda claro en Mateo 20, 2: habiendo convenido en un denario por día, los envió a la viña; y luego: ¿acaso no os pusisteis de acuerdo conmigo?

Con esto queda claro que la razón de mérito, incluso en justicia, puede halla sé en nuestras obras con referencia al premio, sobre el cual Dios hizo un acuerdo.
Desde luego, hay que saber que por mucho que intervenga un pacto entre Dios y el hombre sobre un premio, Dios nunca va a ser ni es deudor nuestro, sino deudor de Sí mismo, de modo que una vez hecho el acuerdo, a nuestras obras se les debe el premio que se convino, pero no por eso Dios es deudor de nosotros sobre ese premio, sino de su voluntad antecedente con la que se dignó hacer un pacto con nosotros y por eso con mucha verdad decirnos que Dios no le debe a nadie sino a Sí mismo.

En nuestras obras, con relación a Dios, podemos hallar entonces una doble razón de mérito: o según un derecho atenuado o según un acuerdo, y así nunca nos debe nada a nosotros. He dicho esto para que se entiendan todos estos términos cuando se usan para hablar de nuestros méritos ante Dios.

lunes, 4 de octubre de 2010

El anuncio de la fe a los cristianos alejados



He encontrado este texto clarificador en un documento de la Conferencia Episcopal Española sobre la iniciación cristiana de adultos:



129 El anuncio misionero a bautizados increyentes o indiferentes presenta de alguna manera más dificultades que el que se hace a no bautizados. En este caso la "novedad" del Evangelio ha de ser presentada con toda fuerza como novedad regeneradora de la vida, gracias al acontecimiento único de la Redención de Jesucristo, sobre la base de un testimonio de vida y de una invitación que ofrezca gratuitamente esperanza para el hombre cautivo por su pecado y miseria. Sólo cuando se desciende a la auténtica realidad del hombre, a su verdad, éste puede acoger el "Kerigma".

¿Cuando se produce esa acogida? Cuando, en el tiempo escogido por el Señor, la Buena Noticia encontrada como gracia, desvela y comunica su origen. En este momento, el evangelizador pasa a ser "fiador" ante la comunidad cristiana, ante la Iglesia, que acoge en su seno a un cristiano bautizado que quiere iniciarse en el conocimiento y la vida de Cristo en su Iglesia. No hay tiempo determinado para todo este proceso ni línea divisoria entre lo que es tarea del evangelizador y respuesta de conversión.

La celebración del sacramento de la misericordia del Padre que acoge al hijo pródigo, convocando a una fiesta a toda la familia, será el hito más importante de esta etapa. Se debe invitar, pues, al inicialmente convertido a que se alegre por la misericordia de Dios y que reconozca su miseria, su verdad, participando en una celebración de la Penitencia, para la que el "fiador" y el sacerdote previamente le hayan preparado.

martes, 17 de agosto de 2010

La Sagrada Escritura



En este III Ágape doctrinal, volveremos sobre el tema de la Sagrada Escritura, que dejamos pendiente. Copio aquí los números del Catecismo que revisaremos (100-108):


100 El oficio de interpretar auténticamente la Palabra de Dios ha sido confiado únicamente al Magisterio de la Iglesia, al Papa y a los obispos en comunión con él.

LA SAGRADA ESCRITURA

I Cristo, palabra única de la Sagrada Escritura

101 En la condescendencia de su bondad, Dios, para revelarse a los hombres, les habla en palabras humanas: "La palabra de Dios, expresada en lenguas humanas, se hace semejante al lenguaje humano, como la Palabra del eterno Padre asumiendo nuestra débil condición humana, se hizo semejante a los hombres " (Dei Verbum 13, Concilio Vaticano II). 

102 A través de todas las palabras de la Sagrada Escritura, Dios dice sólo una palabra, su Verbo único, en quien él se dice en plenitud (cf. Hb 1,1-3*): 

Recordad que es una misma Palabra de Dios la que se extiende en todas las escrituras, que es un mismo Verbo que resuena en la boca de todos los escritores sagrados, el que, siendo al comienzo Dios junto a Dios, no necesita sílabas porque no está sometido al tiempo (S. Agustín, Psal. 103,4,1). 

103 Por esta razón, la Iglesia ha venerado siempre las divinas Escrituras como venera también el Cuerpo del Señor. No cesa de presentar a los fieles el Pan de vida que se distribuye en la mesa de la Palabra de Dios y del Cuerpo de Cristo (cf. Dei Verbum 21). 

104 En la Sagrada Escritura, la Iglesia encuentra sin cesar su alimento y su fuerza (cf. Dei Verbum 24), porque, en ella, no recibe solamente una palabra humana, sino lo que es realmente: la Palabra de Dios (cf. 1 Ts 2,13**). "En los libros sagrados, el Padre que está en el cielo sale amorosamente al encuentro de sus hijos para conversar con ellos" (Dei Verbum 21).

II Inspiración y verdad de la Sagrada Escritura
 
105 Dios es el autor de la Sagrada Escritura. "Las verdades reveladas por Dios, que se contienen y manifiestan en la Sagrada Escritura, se consignaron por inspiración del Espíritu Santo".
"La santa Madre Iglesia, fiel a la base de los apóstoles, reconoce que todos los libros del Antiguo y del Nuevo Testamento, con todas sus partes, son sagrados y canónicos, en cuanto que, escritos por inspiración del Espíritu Santo, tienen a Dios como autor, y como tales han sido confiados a la Iglesia" (Dei Verbum 11).

106 Dios ha inspirado a los autores humanos de los libros sagrados. "En la composición de los libros sagrados, Dios se valió de hombres elegidos, que usaban de todas sus facultades y talentos; de este modo obrando Dios en ellos y por ellos, como verdaderos autores, pusieron por escrito todo y sólo lo que Dios quería" (Dei Verbum 11). 

107 Los libros inspirados enseñan la verdad. "Como todo lo que afirman los hagiógrafos, o autores inspirados, lo afirma el Espíritu Santo, se sigue que los libros sagrados enseñan sólidamente, fielmente y sin error la verdad que Dios hizo consignar en dichos libros para salvación nuestra" (Dei Verbum 11). 

108 Sin embargo, la fe cristiana no es una "religión del Libro". El cristianismo es la religión de la "Palabra" de Dios, "no de un verbo escrito y mudo, sino del Verbo encarnado y vivo" (S. Bernardo, hom. miss. 4,11). Para que las Escrituras no queden en letra muerta, es preciso que Cristo, Palabra eterna del Dios vivo, por el Espíritu Santo, nos abra el espíritu a la inteligencia de las mismas (cf. Lc 24,45***).
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* Hb1, 1-3:
1 Después de haber hablado antiguamente a nuestros padres por medio de los Profetas, en muchas ocasiones y de diversas maneras,
2 ahora, en este tiempo final, Dios nos habló por medio de su Hijo, a quien constituyó heredero de todas las cosas y por quien hizo el mundo.
3 El es el resplandor de su gloria y la impronta de su ser. El sostiene el universo con su Palabra poderosa, y después de realizar la purificación de los pecados, se sentó a la derecha del trono de Dios en lo más alto del cielo.

** 1 Ts 2, 13:
13 Nosotros, por nuestra parte, no cesamos de dar gracias a Dios, porque cuando recibieron la Palabra que les predicamos, ustedes la aceptaron no como palabra humana, sino como lo que es realmente, como Palabra de Dios, que actúa en ustedes, los que creen.

*** Lc 24, 45: 
45 Entonces les abrió la inteligencia para que pudieran comprender las Escrituras [justo antes de la Ascensión].

lunes, 16 de agosto de 2010

Comunión en las dos especies

"La comunión tiene una expresión más plena, por razón del signo, cuando se hace bajo las dos especies" (Misal Romano). La Iglesia en Occidente reduce este uso a ocasiones señaladas (Eucharisticum Mysterium 32), mientras que en Oriente es la forma habitual.

El Concilio de Constanza, en 1415, refiere que al principio la comunión se hacía en ambas especies, pero que la costumbre de dar sólo el Pan Eucarístico en la comunión a los laicos fue establecida por la Iglesia y los Santos Padres, para evitar "algunos peligros y escándalos" (por razones prácticas dada la vulnerabilidad del Vino Sacramentado). Los protestantes atacaron esta práctica y norma como injusta, y el Concilio Tridentino tuvo que salir al paso de estos errores. El Concilio Vaticano II, manteniendo la misma doctrina que Trento, permite -el Misal Romano incluso lo recomienda- el uso de las dos especies en situaciones especiales con el debido cuidado, por tratarse de un signo más pleno.

Dice el Misal Romano en su pto. 14:

"14. Movido por el mismo espíritu y por el mismo interés pastoral del Tridentino, el Concilio Vaticano II pudo abordar desde un punto de vista distinto lo establecido por aquél acerca de la comunión bajo las dos especies. Al no haber hoy quien ponga en duda los principios doctrinales del valor pleno de la comunión eucarística recibida bajo la sola especie de pan, permitió en algunos casos la comunión bajo ambas especies, a saber, siempre que por esta más clara manifestación del signo sacramental los fieles tengan ocasión de captar mejor el misterio en el que participan". Se cita aquí "Sacrosantum Concilium nº55 (CV II), que dice:

"55. [...]Manteniendo firmes los principios dogmáticos declarados por el Concilio de Trento, la comunión bajo ambas especies puede concederse en los casos que la Sede Apostólica determine, tanto a los clérigos y religiosos como a los laicos, a juicio de los Obispos, como, por ejemplo, a los ordenados, en la Misa de su sagrada ordenación; a los profesos, en la Misa de su profesión religiosa; a los neófitos, en la Misa que sigue al bautismo.

No parece una mera permisividad, sino la recomendación justificada de un acto bueno en sí:

"85. Es muy de desear que los fieles, como está obligado a hacerlo también el mismo sacerdote, reciban el Cuerpo del Señor de las hostias consagradas en esa misma Misa, y en los casos previstos (cfr. n. 283), participen del cáliz, para que aún por los signos aparezca mejor que la Comunión es una participación en el sacrificio que entonces mismo se está celebrando".


Más adelante, el Misal Romano habla sobre la Comunión bajo las dos especies y la forma en que debe hacerse:

"Comunión bajo las dos especies
La sagrada Comunión tiene una expresión más plena por razón del signo cuando se hace bajo las dos especies. En esa forma es donde más perfectamente se manifiesta el signo del banquete eucarístico, y se expresa más claramente la voluntad divina con que se ratifica en la Sangre del Señor la Alianza nueva y eterna, y se ve mejor la relación entre el banquete eucarístico y el banquete escatológico en el reino del Padre.'"
Procuren los sagrados pastores recordar a los fieles que participan en el rito o intervienen en él, y del modo mejor posible, la doctrina católica sobre esta forma de la sagrada Comunión, según el Concilio Ecuménico de Trento. Adviertan, en primer lugar, a los fieles como la fe católica enseña que, aun bajo una cualquiera de las dos especies, está Cristo entero, y que se recibe un verdadero Sacramento, y que, por consiguiente, en lo que respecta a los frutos de la Comunión, no se priva de ninguna de las gracias necesarias para la salvación al que sólo recibe una especie.'"
Enseñen, además, que la Iglesia tiene poder, en lo que corresponde a la administración de los Sacramentos, de determinar o cambiar, dejando siempre intacta su sustancia, lo que considera más oportuno para ayudar a los fieles en su veneración y en la utilidad de quien los recibe, según la variedad de circunstancias, tiempos y lugares.107 Y adviértaseles al mismo tiempo que se interesen en participar con el mayor empeño en el sagrado rito, en la forma en que más plenamente brilla el signo del banquete eucarístico.
Se permite la Comunión bajo las dos especies, además de los casos expuestos en los libros rituales:

A los sacerdotes que no pueden celebrar o concelebrar la Eucaristía;
Al diácono y a los demás que cumplen algún oficio en la Misa;
A los miembros de las comunidades en la Misa conventual o en aquella que se llama "de comunidad", a los alumnos de los seminarios, a todos los que se hallan realizando ejercicios espirituales o participan en alguna reunión espiritual o pastoral [por cierto, siguiendo esta opción litúrgica, recuerdo que el P. Alejandro nos distribuyó la comunión bajo las dos especies en la reunión final de los Ejercicios Esprirituales].

El Obispo diocesano puede establecer normas para su diócesis sobre la Comunión bajo las dos especies, que habrán de observarse también en las iglesias de religiosos y en las pequeñas comunidades. Se concede al mismo Obispo la facultad de permitir la Comunión bajo las dos especies cada vez que al sacerdote, a quien se le ha confiado una comunidad como su pastor propio, le parezca oportuno, siempre que los fieles hayan sido bien instruidos y se excluya todo peligro de profanación del Sacramento, o de que el rito resulte más complejo debido al número elevado de los participantes u otra causa.

Las Conferencias de los Obispos pueden dictar normas, con el reconocimiento de la Sede Apostólica, sobre el modo de distribuir la Comunión a los fieles bajo las dos especies y sobre la extensión de la facultad.

284. Cuando se distribuye la Comunión bajo las dos especies:
El diácono ayuda, de ordinario, con el cáliz, o, en caso de no haber un diácono, ayuda un presbítero; también puede ayudar el acólito instituido u otro ministro extraordinario de la sagrada Comunión; o un fiel a quien, en caso de necesidad, se le encomienda ese oficio para esa determinada ocasión.
Lo que pueda quedar de la Sangre de Cristo lo sume el sacerdote en el altar, o el diácono, o el acólito instituido que ha asistido con el cáliz, y luego purifica los vasos sagrados, los seca y los recoja como de costumbre. A los fieles que tal vez desean comulgar sólo con la especie de pan, se les administra la sagrada Comunión de esa forma.

285. Para distribuir la Comunión bajo las dos especies, prepárese:
Si la Comunión del cáliz se va a hacer bebiendo directamente del cáliz, o bien uno de tamaño suficiente, o varios, previendo siempre que no quede una excesiva cantidad de Sangre de Cristo que haya de tomarse al final de la celebración.
Si se hace por intinción, téngase cuidado de que las hostias no sean ni demasiado delgadas ni demasiado pequeñas, sino un poco más gruesas de lo acostumbrado, para que se puedan distribuir fácilmente cuando se han mojado parcialmente en la Sangre del Señor.

286. Si la Comunión del Sanguis se hace bebiendo del cáliz, el que comulga, después de recibir el Cuerpo de Cristo, se sitúa de pie frente al ministro del cáliz. El ministro dice: La Sangre de Cristo y el que va a comulgar responde: Amén. El ministro le da el cáliz y el que va a comulgar lo lleva con sus manos a los labios, sume un poco del cáliz, se lo devuelve al ministro, y se retira: el ministro limpia con el purificador el borde del cáliz.

287. Si la Comunión del cáliz se hace por intinción, el que va a comulgar, sujetando la bandeja debajo de la barbilla, accede al sacerdote que sostiene el copón o patena con las sagradas partículas y a cuyo lado permanece un ministro que sostiene el cáliz. El sacerdote toma la sagrada hostia, la moja parcialmente en el cáliz y mostrándola dice: El Cuerpo y la Sangre de Cristo; el que va a comulgar responde: Amén, recibe en la boca el Sacramento de manos del sacerdote y después se retira".

¿A qué se refiere la prevención del Concilio de Trento (s XVI)? Se refiere a la doctrina que tuvo que hacer frente a los errores protestantes, que inquietaban a los fieles diciendo que la Iglesia había escatimado injustamente la comunión bajo las dos especies a los laicos, contra la voluntad de Cristo, e incluso que la recepción en una sola especie era inválida. Ante estos graves errores que circulaban, Trento establece la siguiente doctrina y cánones:

Cap. II.- De la potestad de la Iglesia para dispensar el sacramento de la Eucaristía.

Declara además, que en la administración de los Sacramentos ha tenido siempre la Iglesia potestad para establecer o mudar, salva siempre la esencia de ellos, cuanto ha juzgado ser más conducente, según las circunstancias de las cosas, tiempos y lugares, a la utilidad de los que reciben los Sacramentos o a la veneración de estos. Esto mismo es lo que parece insinuó claramente el Apóstol san Pablo cuando dice: Débesenos reputar como ministros de Cristo, y dispensadores de los misterios de Dios. Y bastantemente consta que el mismo Apóstol hizo uso de esta potestad, así respecto de otros muchos puntos, como de este mismo Sacramento; Pues dice, habiendo arreglado algunas cosas acerca de su uso: Cuando llegue, daré orden en lo demás. Por tanto, reconociendo la santa madre Iglesia esta autoridad que tiene en la administración de los Sacramentos; no obstante haber sido frecuente desde los principios de la religión cristiana el uso de comulgar en las dos especies; viendo empero mudada ya en muchísimas partes con el tiempo aquella costumbre, ha aprobado, movida de graves y justas causas, la de comulgar bajo una sola especie, decretando que esta se observase como ley; la misma que no es permitido reprobar, ni mudar arbitrariamente sin la autoridad de la misma Iglesia.

Cap. III.- Que se recibe Cristo todo entero, y un verdadero Sacramento en cualquiera de las dos especies.

Declara el santo Concilio después de esto, que aunque nuestro Redentor, como se ha dicho antes, instituyó en la última cena este Sacramento en las dos especies, y lo dio a sus Apóstoles; se debe confesar no obstante, que también se recibe en cada una sola de las especies a Cristo todo entero, y un verdadero Sacramento; y que en consecuencia las personas que reciben una sola especie, no quedan defraudadas respecto del fruto de ninguna gracia necesaria para conseguir la salvación".

CÁNONES

"Can. I. Si alguno dijere, que todos y cada uno de los fieles cristianos están obligados por precepto divino, o de necesidad para conseguir la salvación, a recibir una y otra especie del santísimo sacramento de la Eucaristía; sea excomulgado.

Can. II. Si alguno dijere, que no tuvo la santa Iglesia católica causas ni razones justas para dar la comunión sólo en la especie de pan a los legos, así como a los clérigos que no celebran; o que erró en esto; sea excomulgado.

Can. III. Si alguno negare, que Cristo, fuente y autor de todas las gracias, se recibe todo entero bajo la sola especie de pan, dando por razón, como falsamente afirman algunos, que no se recibe, según lo estableció el mismo Jesucristo, en las dos especies; sea excomulgado.

Can. IV. Si alguno dijere, que es necesaria la comunión de la Eucaristía a los niños antes que lleguen al uso de la razón; sea excomulgado.

El mismo santo Concilio reserva para otro tiempo, y será cuando se le presente la primera ocasión, el examen y definición de los dos artículos ya propuestos, pero que aún no se han ventilado; es a saber: Si las razones que indujeron a la santa Iglesia católica a dar la comunión en una sola especie a lo legos, así como a los sacerdotes que no celebran, deben de tal modo subsistir, que por motivo ninguno se permita a nadie el uso del cáliz; y también: Si en caso de que parezca deberse conceder a alguna nación o reino el uso del cáliz por razones prudentes, y conformes a la caridad cristiana, se le haya de conceder bajo algunas condiciones, y cuáles sean estas".


Finalmente, resulta muy clarificador el texto del Decreto "Cum in nonnulis", aprobado por el Concilio de Constanza en 1415 y confirmado por el Papa Martín V en 1425 (Denzinger 1199):

"Y como se introdujo razonablemente, para evitar algunos peligros  y escándalos, la costumbre de que, si bien en la primitiva Iglesia este sacramento era recibido por los fieles bajo las dos especies; sin embargo, luego se recibió sólo por los consagrantes bajos las dos especies, y por los laicos sólo bajo la especie de pan, como quiera que ha de creerse firmísimamente y en modo alguno ha de dudarse que lo mismo bajo la especie de pan que bajo la especie de vino se contiene verdaderamente el cuerpo entero y la sangre de Cristo. Puesto que esta costumbre fue establecida razonablemente por la Iglesia y por los santos Padres y fue observada desde hace mucho tiempo, debe ser considerada como una ley que no se puede reprobar o cambiar a gusto sin la autoridad de la Iglesia".

domingo, 15 de agosto de 2010

El dogma de la Asunción de la Virgen



Icono copto. Iglesia de San Menas. El Cairo.

(Este es el texto final redactado para el Ágape de oración del día 15.8.2010)

La Asunción de la Virgen en cuerpo y alma al Cielo nos ha sido revelada por Dios. Así lo dijo Pío XII en su proclamación solemne de 1950, en la Constitución Apostólica "Munificentissimus Deus" ("Dios misericordioso"):"pronunciamos, declaramos y definimos ser dogma de revelación divina que la Inmaculada Madre de Dios, siempre Virgen María, cumplido el curso de su vida terrena, fue asumpta en cuerpo y alma a la gloria celeste".

La Escritura no nos cuenta cómo fue el final de la vida terrena de la Virgen María. Pero la Iglesia sí ha comprendido en ella la íntima y especialísima unión entre María y Cristo, entre el "sí" de María y la obra redentora de su Hijo, desde la Anunciación al Calvario, como profetizó Simeón:”y a ti, una espada te atravesará el alma" (Lc 2,35).

Además, sabemos que la Iglesia "no saca exclusivamente de la Escritura la certeza de todo lo revelado" (Catecismo, 82); la fuente de la Revelación comprende también la Sagrada Tradición, que está viva en la Iglesia, como se refiere en Dei Verbum, 8 (Constitución dogmática del Concilio Vaticano II): “Así Dios, que habló en otros tiempos, sigue conversando siempre con la Esposa de su Hijo amado [es decir, la Iglesia]; así el Espíritu Santo, por el que la voz viva del Evangelio resuena en la Iglesia, y por ella en el mundo entero, va introduciendo a los fieles en la verdad plena y hace que habite en ellos intensamente la palabra de Cristo (cf. Col. 3, 16)”.

Dice Col 3, 16: “La palabra de Cristo habite en vosotros abundantemente, enseñándoos unos a otros con toda sabiduría, con himnos, salmos y cánticos espirituales, cantando y dando gracias a Dios en vuestros corazones”.

La Tradición se encuentra en aquello que la Iglesia enseña, vive y celebra, como se refleja en “Dei Verbum”, 8: “Así la Iglesia, con su enseñanza, su vida, su culto, conserva y transmite a todas las edades lo que es y lo que cree”.

Pues bien: La Liturgia dedica el 15 de Agosto a la Asunción de la Virgen ya desde el siglo VIII, y el desarrollo de esta fiesta, celebrada en Oriente y Occidente, es incluso anterior. En ella se reflejan algunos pasajes de la Escritura:

- "Levántate, Yavéh, y ven a tu morada, Tú y el Arca de tu majestad" (Salmo 131, 8; María es llamada "Arca de la Nueva Alianza", p. ej., en la letanías lauretanas).

- "¿Quién es ésta que sube del desierto apoyada sobre su amado?" (Cantar de los Cantares 8, 5). Recordemos que María es "asumpta" al Cielo (Asunción) porque el Señor la hace ascender; mientras que Jesús "ascendió" al Cielo por Sí mismo (Ascensión).

Por otra parte, tenemos el testimonio de los Padres de la Iglesia. Ya en el siglo IV, San Epifanio de Salamina, hablando de la Virgen, dice:

“Así pues, la zarza ardiente de la divinidad fue trasplantada a la tierra de los vivientes, en carne mortal, como de gloria a gloria”.

La Asunción en cuerpo y alma es támbién proclamada por muchos otros Padres de la Iglesia, entre otros, en el siglo VI por San Gregorio de Tours, en el VII por Timoteo de Jerusalem, Teotecno de Livia y Modesto de Jerusalem; en el siglo VIII por San Juan Damasceno, San Andrés de Creta, San Germán de Constantinopla, etc.

El Pueblo de Dios ha ido creciendo progresivamente en la fe en este misterio de la Asunción. Prueba de ello son los numerosos cuadros e imágenes de la Asunción de la Virgen, las numerosas advocaciones de la Virgen que se celebran el 15 de Agosto, los nombres propios de Asunción o Asumpta, el nombre de Asunción dado a poblaciones como la capital del Paraguay, el misterio de la Asunción rezado en el Rosario, etc.

Entre mediados del siglo XIX y mediados del XX, los sucesivos Papas recibieron miles de mensajes de obispos, sacerdotes y personas consagradas, y ocho millones de mensajes de fieles laicos que solicitaban la proclamación de este dogma.

Otro testimonio de la Tradición es la doctrina de numerosos teólogos acreditados, como muchos escolásticos y Doctores de la Iglesia (San Bernardo, San Antonio de Padua, San Alberto Magno, Santo Tomás de Aquino -"doctor angélico"-, San Buenaventura -"doctor seráfico"-, el jesuita P. Suárez -"doctor eximio"-, San Roberto Belarmino, San Francisco de Sales, San Alfonso María de Ligorio, etc.).

Ya en la Edad Media, un primer documento del Magisterio proclamaba la Asunción de la Virgen. Se trata de una carta dirigida por el Papa Alejandro III en 1169, al príncipe de los selyúcidas, el sultán residente en Iconio, que quería abrazar el cristianismo. Dice esta carta, hablando de la Virgen María:

“… Emigró de aquí sin corrupción […] a fin de que Dios su Hijo cumpliera fielmente el antiguo mandamiento que en otro tiempo enseñó, a saber, honrar al padre y a la madre". (Denzinger, 748).

Finalmente, Pío XII quiso conocer el testimonio de toda la Iglesia, como se refiere en Munificentissimus Deus:

“… Como se trataba de cosa de tanta importancia y gravedad, creímos oportuno pedir directamente y en forma oficial a todos los venerables hermanos en el Episcopado que nos expusiesen abiertamente su pensamiento. Por eso, el 1 de mayo de 1946 les dirigimos la carta Deiparae Virginis Mariae, en la que preguntábamos: «Si vosotros, venerables hermanos, en vuestra eximia sabiduría y prudencia, creéis que la Asunción corporal de la beatísima Virgen se puede proponer y definir como dogma de fe y si con vuestro clero y vuestro pueblo lo deseáis”.

Cuatro años después, a fecha de 15 de Agosto de 1950, habían respondido 1.181 obispos, con sólo 22 respuestas negativas: seis por dudar de si esta doctrina estaba contenida en la Revelación, y el resto hasta 22 por no considerar oportuna la proclamación del dogma.
 
“Este «singular consentimiento del Episcopado católico y de los fieles» […] manifestó por sí mismo de modo cierto e infalible que tal privilegio es verdad revelada por Dios” (Munificentissimus Deus). 

El 1 de Noviembre de 1950, acompañado por el colegio cardenalicio, 700 obispos y una gran muchedumbre, Pío XII proclama el dogma de la Asunción antes referido, y que la constitución dogmática "Lumen Gentium" del Concilio Vaticano II proclama así, añadiendo la coronación  de la Virgen:

«Finalmente, la Virgen Inmaculada, preservada inmune de toda mancha de pecado original, terminado el curso de su vida en la tierra, fue asumpta en cuerpo y alma a la gloria del cielo y enaltecida por Dios como Reina del universo, para ser conformada más plenamente a su Hijo, Señor de los Señores y vencedor del pecado y de la muerte» (Lumen Gentium 59, Catecismo 966).

“Es de esperar, además, […] que se ponga ante los ojos de todos de modo luminosísimo a qué excelso fin están destinados los cuerpos y las almas; que, en fin, la fe en la Asunción corporal de María al cielo haga más firme y más activa la fe en nuestra resurrección” (Munificentissimus Deus).

Algunos textos para consultar:
- Flecha JR, Stock K, Martínez Puche JA. "María, en la Biblia y en los Padres de la Iglesia". Edibesa.
- Luis Martínez. "Las Doce Estrellas de la Mujer del Cielo". BAC. 
- Santiago de la Vorágine. "La Leyenda Dorada".
- Andrés Pardo (director) y otros. "El Libro del Culto a la Virgen". Ortells.

 En fin, que la Asunción de la Virgen es una verdad como una catedral:
En la foto, la Seo de Palma de Mallorca, dedicada a la Asunción

 
 Pórtico de la Catedral de Palma de Mallorca, dedicada a la Asunción
 

miércoles, 11 de agosto de 2010

La Asunción de la Virgen María al Cielo en cuerpo y alma



Esta entrada la escribo para preparar el Ágape de oración del próximo día de la Asunción. Escribir sobre esto cuesta mucho, porque hay una maravilla tan grande en la Asunción de la Virgen y todo lo que rodea esta doctrina, y un motivo tan enorme de alegría para todos los cristianos, que todo lo que podamos decir va a ser insuficiente. Es más, estoy convencido de que lo que conocemos sobre la Asunción de la Virgen es sólo la punta del iceberg.

 Mi mujer y yo estuvimos en Lourdes un 15 de Agosto, día de la Asunción, cuando fue allí a orar Juan Pablo II. Fue su último viaje fuera de Italia, meses antes de su muerte. El hecho de que fuera especialmente ese día me movió aún más a ir, porque hace años tengo la impresión de que lo que el Señor quiere decir a su Iglesia al darle a conocer este misterio de la vida de María, es mucho más de lo que ahora sabemos -al menos, yo-, a pesar de que el hecho de la Asunción en sí ya es muy importante. La salud de Juan Pablo II estaba ya muy deteriorada por la enfermedad de Parkinson. Apenas podía balbucear algunas palabras. Intentó decirnos algo sobre la Asunción de la Virgen, pero no pudo, a pesar de que hizo un gran esfuerzo. El Obispo de Lourdes, viendo que no podía, tomó la palabra y nos comunicó a todos que el Papa le había dicho que quería explicarnos muchas cosas, pero que por su enfermedad era incapaz de hacerlo... Tengo la impresión de que Juan Pablo II vislumbró entonces la grandiosidad del misterio de la Asunción de la Virgen en cuerpo y alma al Cielo.

Empecemos por señalar que la Asunción de la Virgen en cuerpo y alma al Cielo es un hecho que nos ha sido revelado por Dios. Así lo dijo Pío XII en su proclamación solemne del dogma, el 1 de Noviembre de 1950, en la Constitución Apostólica "Munificentissimus Deus" ("Dios misericordioso"):

"Por tanto, después de elevar a Dios muchas y reiteradas preces e invocar la luz del Espíritu de la Verdad, para gloria de Dios omnipotente, que otorgó a la Virgen María su peculiar benevolencia; para honor de su Hijo, Rey inmortal de los siglos y vencedor del pecado y de la muerte; para acrecentar la gloria de esta misma augusta Madre y para gozo y alegría de toda la Iglesia, por la autoridad de Nuestro Señor Jesucristo, de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo y por la nuestra, pronunciamos, declaramos y definimos ser dogma de revelación divina que la Inmaculada Madre de Dios, siempre Virgen María, cumplido el curso de su vida terrena, fue asunta en cuerpo y alma a la gloria celeste".

Hacia lo alto...


A continuación, mediante comentarios, podemos ir señalando aspectos importantes sobre la Asunción de la Virgen.

martes, 3 de agosto de 2010

La multiplicación de los panes y los peces

Me ha surgido varias veces este tema, que también nos planteamos hace poco. Es sólo un ejemplo, pero puede servirnos mucho hablar de él. Hay personas que dicen -erróneamente- que, por ejemplo, el milagro de los panes y los peces no fue tal milagro, sino que lo que nos muestra es una historia en la que todos compartieron lo que tenían, y sobró.

En este sentido, a veces hemos oído que el hecho de que hubiera milagro o no, tiene poca importancia, que lo importante es el mensaje: que si compartimos, habrá para todos.
 
¿Qué podemos decirles a estas personas para sacarles de su error?

jueves, 29 de julio de 2010

Cuestión 3: ¿nada sin el Magisterio?


ACUERDO: Si actuamos contra la voluntad de Cristo, que aprendemos por la enseñanza de la Iglesia, nos equivocamos y pecamos. Una supuesta "inspiración" que vaya en contra de la doctrina de la Iglesia, seguro que no es del buen espíritu, no viene del Espíritu Santo.

DISENSIÓN:
1. Unos dicen que el acuerdo con lo que la Iglesia nos enseña es fundamental en todo, que su enseñanza es nuestra guía siempre.

2. Otros dicen que no siempre vamos a estar consultando en los libros qué dice el Magisterio de esto o aquello, porque, además, el Magisterio no tiene respuesta a todas las cuestiones que nos aparecen en la vida.

Cuestión 2: ¿sólo Kerigma o todo el Catecismo?



ACUERDO: Creo que todos estamos de acuerdo en que el anuncio central de nuestra fe es éste: que el Hijo de Dios, Jesucristo, es nuestro Señor, que se ha hecho hombre, ha muerto por nuestros pecados, y ha resucitado, que quien cree en Él y persevera con una fe viva que obra por la caridad, está salvado para la vida eterna. Se puede decir de forma más breve o más extensa. Básicamente, a esto se le llama el "kerigma".

También estamos de acuerdo en que todo el Magisterio definitivo de la Iglesia debe ser creído con fe. Y que el no definitivo también debe ser creído religiosamente, lo que significa que si alguna vez en algo no estamos de acuerdo, tengamos más confianza en el criterio de la Iglesia que en el nuestro propio.

Por ejemplo, debemos creer, por la fe en Cristo, que no nos engaña y habla por su Iglesia, que la Virgen María fue asumpta al Cielo en Cuerpo y Alma (enseñanza definitiva).

DISENSIÓN:

- Unos dicen que el kerigma es lo único imprescindible para que un cristiano eche a andar, y que el resto, que también es importante, claro,  lo irá aprendiendo, bien por las enseñanzas de los hermanos, bien directamente por el Espíritu Santo. Como ejemplo, citan el episodio del eunuco etíope, que con sólo un breve anuncio del kerigma fue bautizado por Felipe y siguió su camino, a expensas de que el Espíritu Santo le contara el resto.

- Otros dicen que el cristiano necesita ser catequizado íntegramente para que pueda vivir como tal, y que el Espíritu Santo, ordinariamente, actúa en esta acción catequética no sólo directamente, sino también por los medios humanos de la Iglesia, que enseña el Catecismo entero, porque así ha querido Dios hacerlo. Esto no quita para que el mensaje sobre el que pivota toda nuestra fe sea "Nuestro Señor Jesucristo, muerto y resucitado para liberarnos del pecado y de la muerte".

Cuestión 1: ¿leer a teólogos?

Voy a plantear aquí las tre cuestiones que quedaron abiertas en el último Ágape. Trataré de enunciarlas como preguntas concretas, señalando aquello en lo que todos estamos básicamente de acuerdo o creo que debemos estarlo, y cuál es el punto discutido.

ACUERDO: Yo creo que todos estamos de acuerdo en que debemos mantener la pureza de la fe, y puesto que las enseñanzas de la Iglesia son imprescindibles para interpretar bien la Revelación de Cristo, debemos evitar contaminarnos con doctrinas contrarias a las enseñanzas de la Iglesia. Como no es siempre fácil de juzgar cuándo algo está de acuerdo o no, hemos de  hacerlo con humildad y prudencia, no leyendo cosas que nos resultan imposibles de digerir por falta de formación y evitando aquello que resulta sospechoso. Además, tenemos que tener claro lo que está garantizado por la Iglesia (el Magisterio) y lo que no lo está, sabiendo que no hay autoridad doctrinal fuera de la Iglesia. Por tanto, por ejemplo, citar lo que dice un teólogo como argumento de autoridad, sea quien sea, no es válido. El único argumento de autoridad es el Magisterio de la Iglesia y aquello a lo que el Magisterio le concede autoridad. Creo que en esto estamos o debemos estar de acuerdo.

DISENSIÓN:
- Unos dicen que todo libro de teología es innecesario y debe ser evitado por los fieles; que la doctrina de la Iglesia, los escritos de los Padres y Doctores de la Iglesia, las vidas de los santos y la Liturgia deben bastar para un fiel que ama la enseñanza de la Iglesia.

- Otros dicen que el Espíritu Santo también nos ayuda por otros medios, como buenos libros que nos ayudan a comprender la doctrina de la Iglesia; que esa confianza en otros también forma parte de la vida de la Iglesia (homilías, predicaciones, etc.), y que no por no estar garantizado hay que abandonarlo todo.

lunes, 19 de julio de 2010

La resurrección de la carne

 "Noli Me tangere"
Este precioso icono, muy representado también en cuadros occidentales, se conoce con ese título, que reproduce las palabras de Jesús Resucitado a María Magdalena: "No me toques, que aún no he subido al Padre" (Juan 20, 17).

El otro día, con amigos comunes, estuvimos hablando de este tema. Como creo que como mejor se aprende es siguiendo los temas que nos interesan y permitiendo que el Espíritu Santo guíe nuestro aprendizaje, he querido aprovechar este tema, centrando tres asuntos que se pueden abordar de forma sencilla.

Voya usar la entrada sólo para plantear el tema central y las preguntas sobre las que podemos ir estudiando y contestando, partiendo como siempre, de la Revelación interpretada por el Magisterio de la Iglesia. Ésta es la "Regla" que está en la Tradición eclesiástica desde los primeros tiempos.

Pues bueno, la Resurrección de la Carne es dogma de fe. Es decir, resucitaremos con nuestro cuerpo; los cristianos no creemos sólo en la resurrección de las almas. La Resurrección de la Carne está en el Símbolo de los Apóstoles, el credo "corto" que rezamos en la Misa, y que es aún más antiguo que el "largo", el Credo de Nicea-Constantinopla.

Sobre esto, quiero plantear tres preguntas:

1. La primera es de significado: ¿cómo es el cuerpo de Cristo resucitado? ¿qué significa la "resurrección de la carne"? ¿significa que resucitaremos con nuestro mismo cuerpo, un cuerpo material, biológico? ¿o será un "cuerpo" espiritual pero no material?

2.  La segunda es sobre escatología: ¿cuándo se dará la resurrección de los cuerpos, de la carne, que profesamos en el Credo? ¿al final de nuestra vida, al final de los tiempos, cuándo?

3. La tercera es de índole práctico. ¿Es recomendable incinerar los cadáveres de los difuntos? ¿Se debe hacer?  


¿Qué nos enseña la Iglesia sobre todo esto? -si es que nos enseña algo. Pidamos a María Inmaculada, Trono de la Sabiduría, que nos alcance de Jesús la luz y el amor del Espíritu Santo que necesitamos para conocer la Verdad de la Iglesia sobre estos temas, y que esto sea de provecho para nostros y para aquellos a quienes el Señor quiere que ayudemos.

Cor Unum!

 Pregunto -no lo sé-: ¿de quién es este cuadro sobre la Asunción?
Y ¿por qué -esto sí lo sé- decimos la "Ascensión" de Cristo y la "Asunción" de María?

miércoles, 14 de julio de 2010

La Sagrada Escritura




2º Ágape Doctrinal (18 de Julio de 2010)

Para esta reunión, siguiendo con el tema de la Revelación (Escrituras y Tradición) y el Magisterio de la Iglesia, trataremos los puntos 100-108 del Catecismo:

100 El oficio de interpretar auténticamente la Palabra de Dios ha sido confiado únicamente al Magisterio de la Iglesia, al Papa y a los obispos en comunión con él.

Artículo 3
LA SAGRADA ESCRITURA

I Cristo, palabra única de la Sagrada Escritura

101 En la condescendencia de su bondad, Dios, para revelarse a los hombres, les habla en palabras humanas: "La palabra de Dios, expresada en lenguas humanas, se hace semejante al lenguaje humano, como la Palabra del eterno Padre asumiendo nuestra débil condición humana, se hizo semejante a los hombres " (DV 13).

102 A través de todas las palabras de la Sagrada Escritura, Dios dice sólo una palabra, su Verbo único, en quien él se dice en plenitud (cf. Hb 1,1-3):

Recordad que es una misma Palabra de Dios la que se extiende en todas las escrituras, que es un mismo Verbo que resuena en la boca de todos los escritores sagrados, el que, siendo al comienzo Dios junto a Dios, no necesita sílabas porque no está sometido al tiempo (S. Agustín, Psal. 103,4,1).

103 Por esta razón, la Iglesia ha venerado siempre las divinas Escrituras como venera también el Cuerpo del Señor. No cesa de presentar a los fieles el Pan de vida que se distribuye en la mesa de la Palabra de Dios y del Cuerpo de Cristo (cf. DV 21).

104 En la Sagrada Escritura, la Iglesia encuentra sin cesar su alimento y su fuerza (cf. DV 24), porque, en ella, no recibe solamente una palabra humana, sino lo que es realmente: la Palabra de Dios (cf. 1 Ts 2,13). "En los libros sagrados, el Padre que está en el cielo sale amorosamente al encuentro de sus hijos para conversar con ellos" (DV 21).

II Inspiración y verdad de la Sagrada Escritura

105 Dios es el autor de la Sagrada Escritura. "Las verdades reveladas por Dios, que se contienen y manifiestan en la Sagrada Escritura, se consignaron por inspiración del Espíritu Santo".

"La santa Madre Iglesia, fiel a la base de los apóstoles, reconoce que todos los libros del Antiguo y del Nuevo Testamento, con todas sus partes, son sagrados y canónicos, en cuanto que, escritos por inspiración del Espíritu Santo, tienen a Dios como autor, y como tales han sido confiados a la Iglesia" (DV 11).

106 Dios ha inspirado a los autores humanos de los libros sagrados. "En la composición de los libros sagrados, Dios se valió de hombres elegidos, que usaban de todas sus facultades y talentos; de este modo obrando Dios en ellos y por ellos, como verdaderos autores, pusieron por escrito todo y sólo lo que Dios quería" (DV 11).

107 Los libros inspirados enseñan la verdad. "Como todo lo que afirman los hagiógrafos, o autores inspirados, lo afirma el Espíritu Santo, se sigue que los libros sagrados enseñan sólidamente, fielmente y sin error la verdad que Dios hizo consignar en dichos libros para salvación nuestra" (DV 11).

108 Sin embargo, la fe cristiana no es una "religión del Libro". El cristianismo es la religión de la "Palabra" de Dios, "no de un verbo escrito y mudo, sino del Verbo encarnado y vivo" (S. Bernardo, hom. miss. 4,11). Para que las Escrituras no queden en letra muerta, es preciso que Cristo, Palabra eterna del Dios vivo, por el Espíritu Santo, nos abra el espíritu a la inteligencia de las mismas (cf. Lc 24,45).

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María, Madre de la Iglesia, Sede de Sabiduría, ruega al Señor para que nos ayude a estudiar y comprender su Verdad. Espíritu Santo, desciende sobre nosotros y muéstranos a Cristo y a su Iglesia. Amén.